REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL MÉRITO EN SUS VERTIENTES ACADÉMICA, DEPORTIVA, CIENTÍFICA Y ARTÍSTICA Y BECA IMPULSANDO TUS SUEÑOS.
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º Este reglamento regula la operación del Programa de Reconocimiento al Mérito (PRM) en sus vertientes académica, deportiva, científica y artística, así como la Beca“Impulsando tus sueños”; en colaboración con la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI); al amparo de la “Carta de Intención para la Realización de Acciones de Cooperación Interinstitucionales” firmada el 06 de agosto de 2015.
Artículo 2º Para participar es requisito indispensable conocer y aceptar previamente, éste reglamento, el aviso de privacidad y consentimiento de tratamiento de datos y uso de imagen; a través del sitio web o el medio que la FCH y la OEI designen.
Artículo 3º La población objetivo de ambos programas, son niños en edad de cursar educación básica y jóvenes en edad de cursar educación media-superior y superior.
Los beneficiarios del Programa de reconocimiento al mérito, deberán cursar estudios en instituciones educativas con reconocimiento de validez oficial en México, tanto en el sistema regular como especial y demostrar un desempeño destacado en el último ciclo escolar en los ámbitos académico deportivo, científico o artístico. Los beneficiarios de la beca impulsando tus sueños también deberán ser estudiantes activos en instituciones educativas con reconocimiento de validez oficial en México.
Artículo 4º Para los efectos del presente reglamento y una mejor comprensión del mismo, se entenderá por: Vertiente: Son las categorías del Programa de reconocimiento al mérito, en las que un solicitante puede inscribirse para participar en el programa, éstas son: académica, deportiva, científica y artística.
Beca impulsando tus sueños: Beca mensual destinada a mejorar la economía familiar y asegurar la retención escolar. Se otorga por un año, con posibilidad de renovación a los aspirantes que según el comité cumplan con los requisitos de esta.
Solicitante: Estudiante desde Primaria hasta educación Superior que realiza el proceso de solicitud completo para aspirar a recibir un reconocimiento o una beca.
Beneficiario: Es aquel solicitante que fue sometido a los criterios de selección y que el Comité Evaluador determina que es merecedor de un reconocimiento en especie y/o económico según sea el caso o de la beca “Impulsando tus sueños”.
Aviso de privacidad y consentimiento: Se trata de los documentos que le permiten a la Fundación solicitar, resguardar y tratar datos de identificación, sensibles o patrimoniales del solicitante y su familia. Cada solicitante deberá firmar el consentimiento; en caso de ser menor de edad deberá estar firmado por el padre o tutor y por el solicitante en caso de ser mayor de edad y entregarse en original previo al registro de su participación.
Registro: Fase inicial del proceso de selección en el que el solicitante deberá ingresar a la página web de la FCH (www.fundacioncarloshank.org) creando usuario y contraseña para capturar la información que se requiere y la documentación que se detalla en el capítulo cuarto artículo décimo quinto de éste reglamento.
Periodo de aclaraciones: Fecha específica en la que el candidato podrá preguntar si la documentación entregada en el registro es correcta para continuar en el proceso y de no ser así completar su expediente para continuar en el proceso de selección. Reporte de calificaciones: Segunda fase del proceso de selección en la que el solicitante que haya realizado el registro deberá ingresar a la página web de la FCH (www.fundacioncarloshank.org) con su usuario y contraseña para digitar su promedio general y adjuntar su boleta o constancia de estudios en la forma que se detalla el capítulo cuarto artículo décimo sexto de éste reglamento en las fechas en las que dicte la convocatoria en curso.
Artículo 5º Para la asignación de los reconocimientos y las becas “impulsando tus sueños”, la FCH y la OEI nombrarán un Comité Evaluador que gozará de independencia y autonomía para llevar a cabo su labor.
Artículo 6º La selección de beneficiarios de ambos programas se hará con apego a los criterios que se establezcan en este documento.
CAPÍTULO II DE LOS SOLICITANTES Y BENEFICIARIOS
Artículo 7º Para considerar a una persona como solicitante en el Programa de Reconocimiento al Mérito en cualquiera de sus vertientes deberá:
- Ser estudiante.
- En el caso de primaria contar con un nivel de desempeño de III o IV equivalente a un mínimo de 9, para el cual se tomará en cuenta únicamente las asignaturas de acuerdo al programa de estudios de la SEP. Para secundaria e promedio es de 8.5 tomando en cuenta las asignaturas del programa de estudios de la SEP y para educación media superior y superior tener un promedio mínimo de 8.5 en el último periodo cursado.
- Entregar en las fechas establecida en la convocatoria el consentimiento de uso de datos firmado en original con puño y letra por el padre o tutor en caso de que el solicitante sea menor de edad o por el solicitante en caso de ser mayor de edad; así como haber realizado su registro completo en la página.
- Cumplir con los requisitos de información y documentos en tiempo y forma, observando lo
dispuesto en este reglamento y en la convocatoria correspondiente.
Artículo 8º El beneficiario se compromete a mantener sus calificaciones al menos en el nivel mínimo solicitado para participar en la convocatoria y observar buena conducta y disciplina dentro de la institución educativa a la cual está integrado.
Artículo 9º Una vez que se den a conocer los nombres de los beneficiarios, el padre, madre o tutor se comprometen a asistir a la ceremonia de entrega de reconocimientos en el lugar y la hora estipulada.
Artículo 10º. Asistir a las juntas o reuniones de beneficiarios a las que sean convocados por la FCH y/o la OEI.
Artículo 11º Los beneficiarios y/o sus padres, madres o tutores, deberán participar en una o más actividades que ofrece la FCH a fin de promover la corresponsabilidad social, participando al menos ocho horas al año con la Institución de manera voluntaria. Las actividades antes mencionadas podrán ser culturales, deportivas, educativas, artísticas o filantrópicas; de acuerdo con el programa de trabajo de la FCH. Artículo 12º Para considerar a una persona como solicitante en la Beca Impulsando tus sueños el postulante deberá: - Ser estudiante.
- Entregar en las fechas establecida en la convocatoria el consentimiento de uso de datos firmado en original con puño y letra por el padre o tutor en caso de que el solicitante sea menor de edad o por el solicitante en caso de ser mayor de edad; así como haber realizado su registro completo en la página.
- Cumplir con los requisitos de información y documentos en tiempo y forma, observando lo dispuesto en este reglamento y en la convocatoria correspondiente.
- En caso de recibir llamada telefónica de la FCH, proveer la información necesaria para cumplir completar el expediente y poder ser acreedor de la beca Impulsando tus sueños.
CAPÍTULO TERCERO DE LOS RECONOCIMIENTOS
Artículo 13º Los reconocimientos a que se refiere este reglamento con el Programa Reconocimiento al Mérito consisten en la entrega de recursos económicos (los montos varían según nivel y grado académico) que sirvan de aliciente para continuar exitosamente la formación académica del beneficiario. El monto y forma de entrega del reconocimiento se especificará en la convocatoria correspondiente.
Artículo 14º Los beneficiarios que participen en más de una vertiente serán merecedores a un reconocimiento de cada vertiente por la que resulten seleccionados. Tal es el caso de los beneficiarios de la vertiente académica que además obtengan un reconocimiento por alguna de las vertientes de deportes, ciencias o artes. En este caso será el Comité Evaluador quien decida si se otorga más de un reconocimiento.
Artículo 15º Sobre la beca Impulsando tus sueños a que se refiere este reglamento, el apoyo consiste en la entrega en efectivo mensual durante 12 meses por un monto de $1,000.00 pesos (Mil pesos 00/100 MN).
CAPÍTULO CUARTO
DE LOS DOCUMENTOS Y EVIDENCIAS
Artículo 16º. Todos los solicitantes, tanto en las vertientes: académica, deportiva, científica y artística, así como para la beca Impulsando tus sueños, deberán digitalizar los documentos originales en formato PDF cuidando que sean legibles. Los documentos son:
- Boleta o certificado de estudios.
PRIMARIA Y SECUNDARIA:
Los solicitantes de educación básica (primaria y secundaria) que cursen sus estudios en escuelas públicas o privadas deberán presentar la boleta emitida por la Secretaría de Educación Pública federal o estatal según sea el caso con nombre y grado del solicitante.
También será válida la entrega de una constancia de estudios, en papel membretado firmado y sellado por la institución, siempre y cuando incluya la siguiente información: Nombre de la escuela, nombre completo del estudiante, matrícula o número de estudiante, calificación final de cada materia, ciclo escolar y promedio general del ciclo.
MEDIA SUPERIOR (PREPARATORIA O BACHILLERATO)
Los solicitantes de educación media superior (preparatoria o bachillerato) deberán presentar su historia académica y será el promedio del último periodo cursado (semestre o cuatrimestre) el que se tome en cuenta para participar en la convocatoria. La historia académica deberá incluir nombre completo, grado del estudiante, sello y firma de la institución y fecha. En caso de ser un historial académico descargado de internet, deberá cumplir con los requisitos antes mencionados (Serán descalificadas capturas de pantallas que no contengan la información completa).
SUPERIOR
Los solicitantes de nivel superior deberán presentar su historia académica y será el promedio del último periodo cursado (semestre o cuatrimestre) el que se tome en cuenta para participar en la convocatoria. Asimismo, se tomarán en consideración todas las materias que hayan cursado en dicho periodo siendo 3 el mínimo de materias cursadas.
Tratándose de estudios de nivel superior en el extranjero (intercambios o prácticas) no aplica el mínimo de materias cursadas, sin embargo, será obligatorio anexar a la historia académica la escala de evaluación extranjera y la equivalencia en México en el mismo documento.
Cuando el solicitante realice prácticas profesionales como materia única en el último periodo evaluado no aplicará el mínimo de 3 estipulado en párrafos anteriores.
Cualquier otra consideración especial no establecida en el presente reglamento será resuelta por el Comité Evaluador.
- Identificación con fotografía del estudiante que puede ser: credencial de la escuela, pasaporte, credencial para votar (en caso de ser mayor de edad) o constancia de estudios emitida por la institución académica con fotografía. (PDF)
- Clave Única de Registro Poblacional CURP. (PDF)
- Acta de nacimiento. (PDF)
- 1 (una) Fotografía tamaño postal, del niño o joven participante en formato jpg o png.
Nota: El propósito de la fotografía es que forme parte de una galería que será utilizada durante la ceremonia de entrega de reconocimientos y becas, por lo que idealmente deberá ser una foto de una situación cotidiana donde aparezca únicamente el niño o joven solicitante sin compañía.
La carátula bancaria solicitada en años anteriores, será requerida únicamente a los ganadores en las fechas estipuladas por la FCH, por lo que ya no es un requisito presentarla durante el registro.
Cada archivo deberá tener un tamaño igual o menor a 6 mb. Una vez digitalizados cada documento debe ser guardado de manera independiente en formato pdf o jpg según sea el caso, se sugiere que tengan los nombres siguientes:
• Boletadecalificaciones.pdf
• Identificacion.jpg
• Curp.pdf
• Actadenacimiento.pdf
• Fotografia.jpg
Artículo 17º Para las solicitudes en las vertientes de deportes, ciencias y artes, las evidencias deberán subirse a la página web: www.fundacioncarloshank.org de la siguiente manera:
• Documentos obligatorios en formato PDF:
o Mínimo 4 y máximo 6 fotografías donde se muestre la participación del solicitante en la disciplina que practica. o Carta de reconocimiento de antigüedad emitida por alguna persona física o moral que avale el tiempo dedicado a la disciplina (No más de 6 meses de antigüedad) y resumiendo los principales logros del último año).
• Documentos adicionales o complementarios en formato PDF: o Currículum Vitae que muestre la trayectoria del solicitante y donde se pueda evaluar: antigüedad, cantidad y tipo de reconocimientos, histórico de competencias y/o concursos. o Mínimo 2 y máximo 4 fotografías de medallas, trofeos, o escaneo de diplomas, certificados o reconocimientos. o Links de noticias o apariciones en prensa o links de videos en algún canal público de Youtube que evidencie la experiencia y logros del participante.
CAPÍTULO CUARTO DE LOS CRITERIOS DE SELECCIÓN
Artículo 18º. El Comité Evaluador se encargará de:
a) Recibir los expedientes electrónicos de todas las solicitudes recibidas en tiempo y forma.
b) Evaluar las solicitudes de todas las vertientes de acuerdo con los criterios previamente establecidos.
c) Seleccionar a los beneficiarios de ambos programas e informar por escrito a la FCH y la OEI los nombres de los beneficiarios antes mencionados.
Artículo 19º. Los beneficiarios de la vertiente académica serán seleccionados en orden descendente partiendo del promedio más alto registrado en cada grado y hasta agotar el número de reconocimientos o el presupuesto asignado a cada convocatoria.
Artículo 20º. En las vertientes de Deportes, Ciencias y Artes, será el Comité Evaluador quien delibere y seleccione a los beneficiarios de los reconocimientos de acuerdo a la valoración de la evidencia y el promedio general académico del solicitante y en caso de empate se tomará como referencia la escala que mide la pasión y la perseverancia del candidato (Escala GRIT).
Posteriormente como segundo criterio de desempate se tomará el nivel socioeconómico del solicitante y por último la fecha y hora en que se concluyó el registro.
Artículo 21º. Las vertientes de Deportes, Ciencias y Artes se evaluarán con base en la antigüedad en la práctica de la disciplina, la cantidad de reconocimientos acumulados y el alcance de estos (nacional, estatal o internacional).
Artículo 22º. En las vertientes Deportes, ciencias y artes, el Comité Evaluador deberá analizar, valorar y deliberar cada caso con base en sus propios méritos y la trayectoria del solicitante en la disciplina que practica. El promedio académico mínimo para aspirar a un reconocimiento en las vertientes de deportes, ciencias y artes es:
- Cuando el solicitante curse primaria o secundaria se considerarán las asignaturas del programa de la SEP y el promedio mínimo será 8.5
- Cuando el solicitante curse educación media-superior o superior el promedio académico mínimo deberá ser de 8.5
Para los beneficiarios que hubiesen obtenido el reconocimiento el año anterior y deseen volver a participar en la convocatoria en la misma vertiente (deportes, ciencias o artes) además de cumplir los requisitos descritos en el Capítulo Tercero de este reglamento, deberán presentar evidencia de una mejoría en su desempeño durante los últimos 12 meses.
Artículo 23º. En la beca Impulsando tus sueños, será el comité evaluador quien delibere y seleccione a los beneficiarios de las becas de acuerdo a su información socioeconómica, partiendo del nivel más bajo según la escala de AMAI (E) hasta el nivel D+. Será el mismo comité quien delibere si un postulante puede ser acreedor a más de un reconocimiento y además a una beca.
Artículo 24º. La selección de beneficiarios se dará a conocer en los plazos especificados en la convocatoria de ambos programas y los resultados serán inapelables.
CAPÍTULO QUINTO DE LOS CRITERIOS DE DESCALIFICACIÓN
Artículo 25º.: Son criterios de descalificación:
- Presentar documentos falsos, con tachaduras o enmendaduras.
- En caso que los documentos escaneados no sean claros o legibles.
- Cuando la documentación esté incompleta o sea presentada fuera de tiempo. (Es decir,
aún después del periodo de aclaraciones). - Cuando los documentos no cumplan con las características mencionadas en el capítulo tercero del presente reglamento. Cualquier otra consideración de descalificación no contemplada en el presente reglamento será resuelta por Comité Evaluador.